sábado, 14 de diciembre de 2019
Caso práctico
El próximo miércoles, día 18, no habrá caso práctico. Dedicaremos la clase a terminar la explicación teórica.
miércoles, 4 de diciembre de 2019
Caso práctico nº 9: prisión preventiva
En unas diligencias previas de un procedimiento
abreviado el juez de instrucción acuerda la prisión provisional de A.A.,
investigado por un delito de robo con fuerza en casa habitada. El juez motiva
el auto de prisión en la gravedad del delito, en el riesgo de fuga del
investigado (motivado por las penas con que se halla sancionado el delito
imputado, que revisten cierta gravedad, en tanto que en abstracto lleva
aparejado una pena superior a los tres años de prisión, de forma que, en
principio, de esa penalidad puede deducirse la existencia de un riesgo de fuga,
por ser consustancial a la naturaleza humana el tratar de eludir el eventual
cumplimiento de una pena de esa gravedad), y en la posible reiteración
delictiva (derivado de su presunta implicación en otros delitos de carácter
patrimonial perpetrados con cierta proximidad temporal).
Preguntas:
- ¿Está de acuerdo en la motivación que justifica la prisión preventiva?
- ¿En qué motivos fundamentaría el recurso frente al auto de prisión preventiva?
- ¿Qué recursos caben frente a dicho auto, y quién conocería de los mismos?
viernes, 29 de noviembre de 2019
Caso práctico nº 8: declaración de testigos
En un proceso en
el que fue condenado el acusado de varios delitos, como fueron los de agresión
sexual y lesiones en el ámbito de la violencia de género, el acusado recurre la
sentencia por estimar que la condena se basó, principalmente, en la declaración
testifical de la víctima, ex pareja matrimonial del condenado, a la cual no se
le instruyó, ni durante la elaboración del atestado policial, ni en la fase de
instrucción, ni tampoco durante la celebración del juicio, de su derecho ex
artículo 416 y 707 Lecrim. a no declarar contra su ex pareja, y, aunque la
víctima se constituyó al inicio de la instrucción como acusadora particular,
renunció a esa condición antes del inicio de la vista del juicio, por lo que no
debería haber sido valorada su declaración testifical por considerarse nula por
incumplimiento de la obligación de informar a la testigo de su derecho a no
declarar.
A su juicio,
¿debe estimarse o desestimarse el recurso?
lunes, 25 de noviembre de 2019
martes, 19 de noviembre de 2019
Actividad formativa: proceso ante tribunal jurado
Próximo viernes 27 noviembre, a las 11 horas, aula 02.2, don José Luis González, magistrado Audiencia Provincial Santa Cruz de Tenerife, Proceso penal ante el Tribunal del Jurado.
jueves, 14 de noviembre de 2019
Caso práctico nº 7: análisis de ADN
A.B, que estaba cumpliendo
condena en el Centro penitenciario de Las Palmas de Gran Canaria, escupió al
suelo de su celda una cantidad de saliva, al abandonar ésta, situación que fue
contemplada por los funcionarios de Policía, X. y N., los cuales procedieron a
recoger dicho vestigio biológico y a entregarlo al Director de la prisión. La
Jefatura del Centro, estando al corriente de que A.B. estaba siendo investigado
en un sumario como autor de un delito de terrorismo, envío la muestra para su
análisis e identificación a los responsables de la Base de Datos Policial de
ADN. Realizadas las operaciones técnicas oportunas por un laboratorio oficial,
se llegó al resultado de identificar los perfiles genéticos de A.B con los hallados
en su día en un pasamontaña recogido del lugar donde se había cometido un
atentado terrorista. Con base en dicha coincidencia se intenta utilizar este
resultado como prueba pericial en un proceso para enjuiciar a A.B. como autor
de dicho atentado. También el Ministerio
Fiscal alega que A.B. es reincidente en este tipo de hechos criminales de
especial gravedad, al coincidir su perfil genético con los identificadores que
constan en la citada Base de Datos de ADN pertenecientes a A.B., el cual fue
condenado en su día por un hecho criminal cometido por organización terrorista.
En su opinión:
- ¿Es válido el análisis de ADN realizado en este caso?
- ¿Podría, en su caso, condenarse a A.B. con la única prueba de su identificación por su perfil de ADN?
- ¿Puede utilizarse la información obtenida de la Base de Datos policial de ADN contra A.B?
miércoles, 6 de noviembre de 2019
Caso práctico nº 6: intervención telefónica
Alberto está siendo investigado por la Policía, al
sospechar ésta que es autor de un delito contra la salud pública, en concreto,
forma parte de una organización dedicada al tráfico de grandes cantidades de
cocaína.
A tal fin la Policía quiere intervenir un teléfono del
que es titular Bernardo, persona ajena, a juicio de la Policía, a la comisión
de los hechos delictivos investigados, pero en cuya casa se aloja Alberto.
Intervenido el teléfono de Bernardo se descubre que
éste se dedica, dentro de un grupo organizado, a la venta de productos que
vulneran los derechos de propiedad industrial de famosas marcas internacionales
registradas.
Preguntas:
1. ¿Es posible
acordar la intervención que desea realizar la Policía sobre el teléfono de
Bernardo?
2. En caso
afirmativo, ¿cuáles son las garantías que han de respetarse para que las
conversaciones grabadas, tanto a Alberto como a Bernardo, puedan ser valoradas como prueba en sus
respectivos juicios?
miércoles, 30 de octubre de 2019
Caso práctico nº 5 Inviolabilidad del domicilio
El detenido fue trasladado a dependencias policiales y, tras
obtener el consentimiento de la mujer, la policía procedió a realizar un
registro en la vivienda con el fin de recoger determinados efectos del presunto
delito que se acababa de cometer.
Los hechos dieron lugar, después de la oportuna instrucción,
a la celebración de un juicio en el que resultó condenado el marido. Éste
recurre la sentencia por los siguientes motivos: alega la vulneración del
derecho a la inviolabilidad domiciliaria ex artículo 18.2 CE, dado que la
entrada se produjo sin orden judicial y sin consentimiento de los moradores de
la vivienda, y porque el registro se
realizó sin la autorización de los titulares del domicilio y en ausencia del condenado, y sin que éste
estuviera asistido por abogado.
Cuestiones:
- ¿Vulnera la entrada y el registro, tal y como se llevó a cabo, el derecho fundamental a la inviolabilidad del domicilio?
lunes, 28 de octubre de 2019
Modelos de denuncia y de querella
MODELO DE DENUNCIA (ante el Juzgado)
AL JUZGADO
D........, mayor de edad, en nombre propio (o en
representación de ...) con domicilio en esta ciudad, calle …, con DNI …,
expedido el día ..., ante el Juzgado comparezco y como mejor proceda en derecho
DIGO:
Que por medio del presente escrito formulo denuncia
a) contra Don ... y contra su esposa Doña ... con domicilio
en ... y, en su caso, contra Don ... y contra Don. ... y su esposa D ... con
domicilio ambos en ..., por los siguientes
HECHOS:
PRIMERO.- El dia...
SEGUNDO.- …
Por lo expuesto,
AL JUZGADO SUPLICO: que teniendo por presentado este
escrito, se sirva admitir la denuncia formulada en el mismo y acordar lo
procedente conforme a derecho.
Lugar a .. de .. de …..
Firma
MODELO DE QUERELLA
AL
JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE ..... QUE POR
TURNO CORRESPONDA
Don ....., Procurador de
los Tribunales, actuando en nombre de Don ....., con DNI ..... -cuyo mandato y
representación acredito mediante la copia adjunta de poder especial para la
interposición de querellas- comparezco y digo:
Que al amparo de lo
dispuesto en los artículos 270 y 277 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, y en
el ejercicio de la acción penal que compete a mi representado, interpongo
QUERELLA en los siguientes términos:
1.-La querella se presenta
ante los Juzgados de Instrucción de ....., por ser éstos competentes de
conformidad con lo dispuesto en los artículos 14 y 15 de la Ley de
Enjuiciamiento Criminal.
2.-Es querellante D. .....,
con DNI ....., y con domicilio en .....
3.-Es querellado D. .....,
con DNI ....., y con domicilio en .....
4.-Los hechos que motivan
esta querella son los siguientes:
Sobre las ..... horas del
día .....
5.-En averiguación de los
hechos relatados y de las personas criminalmente responsables, esta parte
interesa la práctica de las siguientes diligencias:
a) Que se reciba
declaración, en calidad de investigado, a la persona del querellado.
b) Que se recabe su Hoja
Histórico Penal.
c) Que se recabe de los
Organismos Oficiales competentes la información necesaria para acreditar la
situación patrimonial del querellado.
d) Que se reciba
declaración, en calidad de testigos, a las personas que a continuación se
indica: .....
e) Que se admitan los
documentos que esta parte adjunta a la presente querella.
f) Las diligencias
derivadas que sean pertinentes.
6.-Por todo ello, esta
parte interesa del Juzgado que tenga por presentado este escrito, junto con los
documentos que se adjuntan, y por interpuesta querella criminal contra D.
....., admitiéndose la personación de mi mandante en concepto de Acusación
Particular, dando traslado inmediato de la querella al querellado.
Al objeto de garantizar que
el querellado no se sustraerá a la acción de la justicia, se interesa de ese
Juzgado, previa la citación del Ministerio Fiscal y del querellado, la
celebración de la comparecencia prevista en el artículo 505 de la Ley de
Enjuiciamiento Criminal con el fin de reclamar la aplicación de medidas
cautelares de carácter personal.
Asimismo, para satisfacer
las responsabilidades pecuniarias de toda índole que pudieran corresponder al
querellado, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 589 y 764 de la
Ley de Enjuiciamiento Criminal, se le requerirá para que preste fianza por
importe de ..... euros, decretándose el embargo de bienes bastantes para cubrir
esta responsabilidad pecuniaria si el querellado no prestare la fianza exigida.
OTROSÍ DIGO
Que el querellante, habida
cuenta su condición de ofendido por el delito, está exento de prestar la fianza
a que se refiere el artículo 280 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
En ....., a ..... de .....
de .....
Firma del Procurador
|
Firma del Abogado
|
Firma del querellante
|
miércoles, 23 de octubre de 2019
Caso práctico nº 4: legitimación activa
Sobre las 19.30 horas del día 18 de julio de 2017, los
agentes de la policía local números 449, 929 y 937 de Santa Cruz de Tenerife,
se encontraban, vistiendo el uniforme reglamentario y prestando servicios
propios de su clase, en la Plaza del Príncipe confluencia con la calle Villalba
Hervás, cuando el agente 449 observó que la conductora del vehículo matricula
SE-1780-X, quien después resulto ser la denunciada, MARIA D. D., conducía el
referido vehículo, teniendo colocados en las orejas dos cascos auriculares
conectados a un aparato reproductor de música, por lo que el referido agente
procedió a darle el alto e indicarle que estaba prohibido conducir con los
auriculares colocados, pidiéndole que se identificara para proceder a su
denuncia administrativa, lo que hizo la denunciada. Mientras el agente procedía
a extender el boletín de denuncia, María comenzó a verter manifestaciones hacia
el agente tales como “los cascos los llevo puestos porque me molesta el ruido
de la calle, que desde luego no valéis para coger chorizos y tan solo para
multar estas cosas", manifestaciones ante las cuales el agente indicó a la
denunciada que moderase su lenguaje y se relajara, contestándole la denunciada
con frases tales como "yo solo me relajo cantando” y otras del mismo carácter. Cuando ya
se retiraba el agente, María se dirigió al mismo llamándole "hijo de puta" y
propinándole una patada en la espalda.
En su opinión:
1. ¿Puede el
policía local iniciar un proceso penal para que se persiga criminalmente a
María?
2. En su caso,
cuál sería el órgano objetiva y funcionalmente competente
3. Cuál sería
el proceso adecuado para juzgar tales hechos
miércoles, 16 de octubre de 2019
Caso práctico nº 3: derecho de defensa y asistencia letrada
El Juzgado de Violencia sobre la Mujer de Oviedo, instruyó
Sumario nº xxx/yy, seguido por delitos de agresión sexual, amenazas y lesiones,
contra Andrés , y una vez concluso lo remitió a la Audiencia Provincial de
Oviedo, Sección III, que con fecha 18 de Noviembre de 2014 dictó sentencia
condenatoria por dichos delitos.
Notificada la sentencia a las partes, se preparó recurso de
casación por la representación de Andrés , remitiéndose a la Sala Segunda del
Tribunal Supremo las certificaciones necesarias para su sustanciación y
resolución, formándose el correspondiente rollo y formalizándose el recurso.
El recurrente alega como motivo de su recurso, por el cauce de la vulneración de derechos
constitucionales, la violación del derecho de defensa y de asistencia letrada, y
por lo tanto el del derecho a la tutela judicial efectiva.
Fundamenta tal denuncia en que en el inicio del juicio oral,
el propio recurrente manifestó al Tribunal su voluntad de renunciar al abogado
de oficio que hasta ese mismo momento le estaba defendiendo, y que el
Presidente del Tribunal, sin indagar en los motivos de tal renuncia, decidió
continuar con el juicio, y mantener como letrado al citado abogado de oficio,
por no ser momento procesal oportuno.
El Tribunal Supremo, Sala 2ª, desestima el recurso al
considerar que no existió ninguna de las vulneraciones que alegó el recurrente.
¿Está de acuerdo con
la decisión del recurso?
miércoles, 9 de octubre de 2019
Caso práctico nº 2: competencia y procedimiento adecuado
A.B., policía perteneciente al cuerpo de la policía
autonómica canaria, prestando servicios de vigilancia y seguridad ante el
Parlamento de Canarias, debido a una manifestación convocada por ATACAN, causó lesiones con su defensa
reglamentaria a P.P, que participaba en la citada manifestación.
P.P., así como ATACAN,
presentan querella frente A.B, por unos hechos que califican de lesiones del
artículo 147.1 del Código Penal.
Preguntas:
- Competencia funcional para instruir la querella presentada.
- Competencia objetiva y territorial para conocer de la acusación que en su día se pueda formalizar por los hechos relatados
- Procedimiento adecuado para enjuiciar tal acusación
lunes, 7 de octubre de 2019
miércoles, 25 de septiembre de 2019
Caso práctico nº 1 extensión y límites de la jurisdicción española en el orden penal
miércoles, 18 de septiembre de 2019
Programa
Lección 1ª.- El derecho
procesal penal: analogías y diferencias con el derecho procesal civil.
Sujetos del proceso
penal
Lección 2ª.- Órganos de
la jurisdicción penal: extensión del orden jurisdiccional penal y caracteres.-
Competencia: objetiva, funcional y territorial.- Conexión procesal: repercusión
en la competencia.
Lección 3ª.- Las
partes: partes acusadoras.- Partes acusadas.- La presunción de inocencia.-
Defensa y postulación.- Ausencia y pluralidad de partes.
Objeto del proceso
penal
Lección 4ª.- La
pretensión procesal penal.- Cuestiones prejudiciales en el proceso penal. La
litispendencia penal
Procesos de
conocimiento ordinarios
Lección 5ª.-
Clasificación.- Actos de iniciación procesal: denuncia, querella, iniciación de
oficio.
Lección 6ª-
Medidas de investigación restrictivas de derechos fundamentales en el
proceso penal: Concepto. Principio de proporcionalidad. Entrada y registro. La
detención y apertura de la correspondencia escrita y telegráfica. Medidas
tecnológicas para la investigación de los delitos: la intervención de las
comunicaciones telefónicas y telemáticas. La captación y grabación de las
comunicaciones orales mediante la utilización de dispositivos electrónicos. La
utilización de dispositivos técnicos de seguimiento, localización y captación
de la imagen. El registro de dispositivos de almacenamiento masivo de
información. Los registros remotos sobre equipos informáticos. Intervenciones
corporales. Registros, cacheos e inspecciones corporales. El análisis del ADN.
Métodos alcoholométricos.
Lección 7ª.- Medidas
cautelares en el proceso penal. Concepto. Clasificación. Detención. Proceso de
habeas corpus. La Orden de detención y entrega europea. Prisión preventiva.
Libertad provisional. Fianzas y embargos. Medidas en materia de violencia de
género.
Lección 8ª.- El proceso
ordinario plenario (delitos graves). Fase de instrucción: El sumario.
Diligencias sumariales para la comprobación del delito y el descubrimiento del
delincuente. Declaraciones que han de prestarse en el sumario.- Documentos y
piezas de convicción.- Inspección ocular.- Informes periciales.- El recurso a
la entrega vigilada.- El agente encubierto.- Grabaciones con videocámaras por
agentes de los cuerpos y fuerzas de seguridad del estado.- Anticipación de
prueba.- Prueba preconstituida.
Lección 9ª.- El
procesamiento y la conclusión del sumario.- La etapa intermedia.- El
sobreseimiento.
Lección. 10ª.- Fase de
juicio oral. Actividad preparatoria del juicio oral. Las excepciones procesales
en el proceso penal: artículos de previo pronunciamiento.- Escritos de
calificación provisional.
Lección 11ª.-
Desarrollo del juicio oral: la fase probatoria.- Suspensión del juicio oral.-
Conclusiones definitivas.- El trámite del art. 733 Lecrim.- Informes y última
palabra.
Lección 12ª.- Decisión
del proceso penal: la sentencia penal.- La cosa juzgada penal.- Las costas.-
Recursos
Lección 13ª.- Proceso
ordinario abreviado.- Competencia y ámbito de aplicación.- Procedimiento:
instrucción preliminar.- Diligencias previas.- Preparación del juicio oral.- La
conformidad.- Juicio oral: especialidades respecto al proceso penal ordinario
por delitos graves.- Recursos.-
Lección 14ª.- Los
Juicios rápidos: ámbito de aplicación.- Actuaciones de la Policía Judicial.-
Diligencias en el Juzgado de Guardia.- Preparación del juicio oral.-
Conformidad.- Juicio oral.- Sentencia.- Recursos
Lección 15ª.- Proceso
ante el Tribunal del Jurado.- Competencia.- Composición: los jurados y el
Magistrado-presidente.- Procedimiento ante el Tribunal del Jurado: a) Incoación
e instrucción complementaria. b) Audiencia preliminar. c) Cuestiones previas. d)
Constitución del Tribunal del Jurado. e) Juicio oral. f) Conformidad. g) El
veredicto. h) La sentencia. i) Recursos
Lección 16ª.- El
proceso por delitos leves: competencia y ámbito de aplicación.- Características
y procedimiento.- El proceso por delito leve inmediato.- Recursos
Lección 17ª.- El
proceso por aceptación de decreto. El proceso de decomiso. El decomiso
autónomo.
Lección 18ª:- Proceso
penal de menores.- Principios.- Competencia.- Sujetos.- Incoación del
expediente.- Audiencia.- Sentencia.- Especial consideración de las medidas.-
Recursos.- Responsabilidad civil.
Recursos y medios de
impugnación
Lección 19ª.- Recursos
en el proceso penal: clasificación. Recursos frente a resoluciones
interlocutorias: reforma, súplica, queja y apelación.- Recursos frente a
resoluciones definitivas (remisión).
Procesos penales
especiales
Lección 20ª.- Proceso
contra diputados y senadores.- Proceso por delito de injurias y calumnias
contra particulares.
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