viernes, 29 de noviembre de 2019

Caso práctico nº 8: declaración de testigos


En un proceso en el que fue condenado el acusado de varios delitos, como fueron los de agresión sexual y lesiones en el ámbito de la violencia de género, el acusado recurre la sentencia por estimar que la condena se basó, principalmente, en la declaración testifical de la víctima, ex pareja matrimonial del condenado, a la cual no se le instruyó, ni durante la elaboración del atestado policial, ni en la fase de instrucción, ni tampoco durante la celebración del juicio, de su derecho ex artículo 416 y 707 Lecrim. a no declarar contra su ex pareja, y, aunque la víctima se constituyó al inicio de la instrucción como acusadora particular, renunció a esa condición antes del inicio de la vista del juicio, por lo que no debería haber sido valorada su declaración testifical por considerarse nula por incumplimiento de la obligación de informar a la testigo de su derecho a no declarar.
A su juicio, ¿debe estimarse o desestimarse el recurso?

martes, 19 de noviembre de 2019

Actividad formativa: proceso ante tribunal jurado


Próximo viernes 27 noviembre, a las 11 horas, aula 02.2,  don José Luis González, magistrado Audiencia Provincial Santa Cruz de Tenerife, Proceso penal ante el Tribunal del Jurado.

jueves, 14 de noviembre de 2019

Caso práctico nº 7: análisis de ADN



A.B, que estaba cumpliendo condena en el Centro penitenciario de Las Palmas de Gran Canaria, escupió al suelo de su celda una cantidad de saliva, al abandonar ésta, situación que fue contemplada por los funcionarios de Policía, X. y N., los cuales procedieron a recoger dicho vestigio biológico y a entregarlo al Director de la prisión. La Jefatura del Centro, estando al corriente de que A.B. estaba siendo investigado en un sumario como autor de un delito de terrorismo, envío la muestra para su análisis e identificación a los responsables de la Base de Datos Policial de ADN. Realizadas las operaciones técnicas oportunas por un laboratorio oficial, se llegó al resultado de identificar los perfiles genéticos de A.B con los hallados en su día en un pasamontaña recogido del lugar donde se había cometido un atentado terrorista. Con base en dicha coincidencia se intenta utilizar este resultado como prueba pericial en un proceso para enjuiciar a A.B. como autor de dicho  atentado. También el Ministerio Fiscal alega que A.B. es reincidente en este tipo de hechos criminales de especial gravedad, al coincidir su perfil genético con los identificadores que constan en la citada Base de Datos de ADN pertenecientes a A.B., el cual fue condenado en su día por un hecho criminal cometido por organización terrorista.

En su opinión:

  1. ¿Es válido el análisis de ADN realizado en este caso?
  2. ¿Podría, en su caso, condenarse a A.B. con la única prueba de su identificación por su perfil de ADN?
  3. ¿Puede utilizarse la información obtenida de la Base de Datos policial de ADN contra A.B?

miércoles, 6 de noviembre de 2019

Caso práctico nº 6: intervención telefónica




Alberto está siendo investigado por la Policía, al sospechar ésta que es autor de un delito contra la salud pública, en concreto, forma parte de una organización dedicada al tráfico de grandes cantidades de cocaína.

A tal fin la Policía quiere intervenir un teléfono del que es titular Bernardo, persona ajena, a juicio de la Policía, a la comisión de los hechos delictivos investigados, pero en cuya casa se aloja Alberto.

Intervenido el teléfono de Bernardo se descubre que éste se dedica, dentro de un grupo organizado, a la venta de productos que vulneran los derechos de propiedad industrial de famosas marcas internacionales registradas.


Preguntas:
  
1.  ¿Es posible acordar la intervención que desea realizar la Policía sobre el teléfono de Bernardo?

2.  En caso afirmativo, ¿cuáles son las garantías que han de respetarse para que las conversaciones grabadas, tanto a Alberto como a Bernardo,  puedan ser valoradas como prueba en sus respectivos juicios?